jueves, enero 06, 2011

¿Qué pretende la Reforma política en Colombia?

El concepto de reforma política, se refiere a la intención que tiene un gobierno actual de modificar o cambiar alguna de las normas que en la actualidad tengan vigencia dentro de la Constitución. Generalmente, las reformas políticas son el resultado de una necesidad apremiante de renovación constitucional dado que las normas actuales estén de algún modo perturbando o perjudicando ciertos sectores de la sociedad o estén impidiendo el desarrollo de éstos u otros sectores.

 

A lo largo de la historia política de Colombia ha sido propuesta, en varios gobiernos, la necesidad de realizar una reforma política en búsqueda del bien colectivo. Los proyectos para reformar la Constitución actual de la República de Colombia son:

Silla vacía

Pretende que aquellos miembros del Congreso de la República que hayan sido condenados por la Justicia, ya sea por vínculos con grupos al margen de la ley o cualquier otro delito, no puedan ser remplazados y que su partido de pertenencia pierda la curul en el momento en que haya una sentencia definitiva.

De acuerdo al ministro del interior, Fabio Valencia Cossio "la silla vacía operará desde cuando entre en vigencia la reforma, pero si el congresista es absuelto puede volver a su curul".

La "silla vacía" es una de las normas esenciales de un proyecto cuya raíz fue la denominada "parapolítica" y que busca que los grupos irregulares, trátese de guerrilla o autodefensas, tengan alguna influencia sobre el poder legislativo.

Consultas interpartidarias
Este artículo de la reforma, busca que después de definirse las candidaturas, los diferentes partidos puedan realizar una consulta entre sus aspirantes para elegir al abanderado de su coalición. El resultado tendrá el carácter de obligatoriedad para las colectividades que participen.

Tal vez se trate del componente menos polémico de la reforma, ya que le permitiría a los partidos buscar consensos dentro del oficialismo pero también en la oposición. De esta forma, el congreso colombiano adoptaría un modelo casi que bipartidista, permitiendo la formación de dos grandes bloques en esta rama del poder, en este caso, un uribismo y un bloque opositor.

Inhabilidades
Otro de los puntos candentes de la reforma, pues impediría que concejales y diputados puedan aspirar al Congreso así renuncien a la corporación para la cual fueron elegidos.

Umbral
El Consejo Nacional otorgará personería jurídica a los partidos, movimientos políticos o listas cívicas que obtengan al menos el cinco por ciento de los votos emitidos, excluyendo de este límite a las circunscripciones de las minorías, las cuales sólo podrán avalar candidatos que pertenezcan sus propios grupos.

Sanciones a partidos
Cada partido, movimiento político o lista cívica acreditada ante el Congreso deberá responder por la presencia en sus filas de miembros vinculados con grupos al margen de la ley y por tal motivo recibirá sanciones que van desde multas y la devolución de recursos por reposición de votos hasta la pérdida de personería jurídica.

 
Doble militancia

Sin embargo, un punto polémico de este artículo permitiría a los congresistas, por una sola vez y hasta seis meses después de la entrada en vigor de la Reforma, cambiar de filas sin incurrir en doble militancia.


Quedaría prohibida la pertenencia a más de un partido o movimiento, así como el apoyo de concejales, diputados o congresistas enrolados en otras filas diferentes a las de la propia colectividad política. Todo aquel que desee desvincularse de su propia agrupación y pasar a otra deberá renunciar a la curul al menos doce meses antes de las inscripciones para la siguiente elección.


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